1. La autogestión yugoslava tiene una
relevancia histórica para el Cooperativismo y la Economía Social no sólo como
referencia comparativa a nivel empresarial, sino como modelo de empresa
enmarcado en un sistema económico diseñado fundamentalmente a partir de la
misma.
2. Si el análisis de las cooperativas
suele realizarse a partir de empresas, grupos o agrupaciones concretas de
empresas propiedad de los trabajadores, el sistema de autogestión yugoslavo
aporta referencias muy directas sobre la articulación de un modelo económico
autogestionario extendido al conjunto de la economía.
3. Es cierto que, desde una
perspectiva formal o jurídica, las empresas autogestionadas yugoslavas eran
empresas de titularidad pública, aun disponiendo de un nivel de autonomía
elevada y creciente. Las consecuencias prácticas de esta diferente base jurídica
son evidentes, pero es muy posible que los analistas las hayamos sobrevalorado.
Como EKAI Center ha destacado, los impactos macroeconómicos del sistema
autogestionario coinciden en buena parte con los esperables de un sistema económico
cooperativizado. Tanto en sus virtudes como en sus deficiencias.
4. El sistema autogestionario
yugoslavo, partiendo del soporte fundamental en una estructura productiva
constituida por empresas autogestionadas por sus trabajadores, reconocía un
papel esencial en el sistema productivo a otro tipo de estructuras. Fundamentalmente:
A.
El
sistema financiero, fundamentalmente público
B.
Las
comunidades locales, directamente implicadas en el desarrollo económico
C.
Un
sistema de microempresas con distintas formas de titularidad, pero
fundamentalmente basado en autónomos o pequeños empresarios.
5. El sistema de microempresas
representa un reconocimiento al dinamismo de las pequeñas unidades
empresariales de carácter privado. Un reconocimiento habitual en una gran parte
de los países socialistas.
6. La estructura económica yugoslava
nos revela la importancia que para los sistemas empresariales autogestionarios
tiene el hecho de disponer de un sistema financiero específicamente centrado en
el modelo autogestionario.
7. Tanto el sistema financiero como
las comunidades locales tuvieron un importante papel en el impulso promotor e
inversor del sistema autogestionario. Se trata de una respuesta lógica ante los
problemas que la promoción empresarial y la inversión presentan en el ámbito cooperativo/autogestionario
como consecuencia del menor incentivo promotor e inversor, fundamentalmente a
efectos de la inversión expansiva.
8. Este problema estructural del
sistema cooperativo pudo verse agravado en las empresas autogestionadas
yugoslavas, donde el incentivo inversor también fue relativamente débil a
efectos de las inversiones defensivas, en las que las cooperativas suelen ser
especialmente activas.
9. Como contrapunto, el reto de la concentración
empresarial y la consecución de economías de escala hubiera necesitado en
Yugoslavia –como en cualquier sistema autogestionario o cooperativo- de un
contrapunto de inversión pública o capitalista que facilitara el desarrollo de
grandes empresas. Este es un reto también pendiente para las cooperativas, que
no sólo depende del incentivo inversor sino también de la complejidad de su
gobierno corporativo.
10. Cabe pensar que Yugoslavia hubiera dado otro
tipo de solución a este reto de la dimensión empresarial si el propio sistema
político hubiese tenido un carácter más centralizado. Sin embargo, la autogestión
yugoslava no era sólo empresarial sino también política. Esto llevó a maximizar
las competencias económicas de municipios y regiones y a fraccionar la
iniciativa empresarial pública. La división cultural y étnica de Yugoslavia
favoreció lógicamente este proceso y lo hizo probablemente irreversible.
11. Muy posiblemente, un impulso económico central
complementario de las empresas autogestionadas y de las microempresas, hubiese
sido un aporte fundamental a efectos de asegurar un mayor empuje inversor, una
mayor creación de empleo cuando ello fue necesario y el aprovechamiento de las
economías de escala a través de grandes empresas de titularidad privada, pública
o mixta.