Francia. PARTICIPACION EN BENEFICIOS

AUDIO - TEXTO
Participación en la Empresa en Francia

PARTICIPACIÓN EN BENEFICIOS

AUDIO:   https://youtu.be/tFX8wsDXGlM

TEXTO (PDF):   https://yadi.sk/i/ey6eoOeNgR70yw

1.     La participación en beneficios es uno de los instrumentos fundamentales de participación de los trabajadores en la empresa en Francia.

2.     Todas las empresas con 50 o más asalariados están obligadas a implementar esta participación. La obligatoriedad se extiende a empresas que hayan mantenido esa cifra de 50 asalariados sin interrupción durante los últimos 5 años.

3.     Las condiciones de esta participación se regulan en el “acuerdo de participación”, destinado a desarrollar y aplicar la regulación legal en cada empresa y negociado entre la empresa y los asalariados o sus representantes. Este acuerdo fija las reglas de cálculo, la distribución o reinversión de la participación y su propia duración. En ausencia de acuerdo, la participación puede ser impuesta a la empresa por la inspección de trabajo.

4.     La cuantía de la prima recibida en función de participación en beneficios se calcula a través de una fórmula legal que puede ser modificada por la empresa, siempre que esta modificación no perjudique a los trabajadores. Este criterio no siempre es de fácil aplicación. Una fórmula alternativa puede dar como resultado participaciones superiores durante unos ejercicios e inferiores en otros. No siempre es posible establecer a priori si la fórmula propuesta es mejor o peor que la legalmente prevista.

5.     La fórmula legalmente establecida es la siguiente:




Donde:

B = Beneficio neto

C = Capitales propios

S = Salarios

V = Valor añadido de la empresa

 

6.     La distribución entre los asalariados del importe resultante puede efectuarse en base a distintos criterios que, según la ley pueden ser:

-         De manera uniforme entre todos los asalariados

-         De forma proporcional al salario de cada trabajador

-         De forma proporcional al tiempo de presencia en la empresa

-         O combinando los 3 criterios anteriores.

7.     Cualquiera que sea la fórmula utilizada, el importe de la prima de participación no puede superar un límite máximo que se revaloriza cada año en función de las prestaciones de la seguridad social francesa. Para el año 2021, este importe máximo es de 30.852 €.

8.      Las fechas del pago de la participación se establecen en el Acuerdo, sin que puedan ir más allá del quinto mes posterior al cierre del ejercicio (es decir, antes del 1 de junio en los ejercicios que coinciden con el año).

9.      La prima de participación resultante puede abonarse a los trabajadores o bien –si así se prevé en el Acuerdo de Participación- retenerse en la empresa durante un período de 5 años, constituyendo con la misma un Fondo que la empresa mantiene o invierte en función de los criterios generales legalmente establecidos.

10. Según la normativa francesa, las empresas no obligadas por ley a establecer estos sistemas de participación pueden también hacerlo. Esta disposición puede parecer innecesaria, pero no lo es. Las disposiciones legales establecen para estos sistemas de participación un específico tratamiento a efectos de impuestos y cotizaciones sociales, del que se beneficiarían también los planes de participación de las empresas legalmente no obligadas a implantarlos.

 

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