Participación en la Empresa en Francia
PARTICIPACIÓN EN BENEFICIOS
AUDIO: https://youtu.be/tFX8wsDXGlM
TEXTO (PDF): https://yadi.sk/i/ey6eoOeNgR70yw
1. La participación en beneficios es uno de los instrumentos
fundamentales de participación de los trabajadores en la empresa en Francia.
2. Todas las empresas con 50 o más asalariados están obligadas a
implementar esta participación. La obligatoriedad se extiende a empresas que
hayan mantenido esa cifra de 50 asalariados sin interrupción durante los
últimos 5 años.
3. Las condiciones de esta participación se regulan en el “acuerdo de
participación”, destinado a desarrollar y aplicar la regulación legal en cada
empresa y negociado entre la empresa y los asalariados o sus representantes.
Este acuerdo fija las reglas de cálculo, la distribución o reinversión de la
participación y su propia duración. En ausencia de acuerdo, la participación puede
ser impuesta a la empresa por la inspección de trabajo.
4. La cuantía de la prima recibida en función de participación en
beneficios se calcula a través de una fórmula legal que puede ser modificada
por la empresa, siempre que esta modificación no perjudique a los trabajadores.
Este criterio no siempre es de fácil aplicación. Una fórmula alternativa puede
dar como resultado participaciones superiores durante unos ejercicios e
inferiores en otros. No siempre es posible establecer a priori si la fórmula
propuesta es mejor o peor que la legalmente prevista.
5. La fórmula legalmente establecida es la siguiente:
Donde:
B = Beneficio neto
C = Capitales propios
S = Salarios
V = Valor añadido de la empresa
6. La distribución entre los asalariados del importe resultante puede
efectuarse en base a distintos criterios que, según la ley pueden ser:
-
De manera uniforme entre todos los
asalariados
-
De forma proporcional al salario
de cada trabajador
-
De forma proporcional al tiempo de
presencia en la empresa
-
O combinando los 3 criterios
anteriores.
7. Cualquiera que sea la fórmula utilizada, el importe de la prima de
participación no puede superar un límite máximo que se revaloriza cada año en
función de las prestaciones de la seguridad social francesa. Para el año 2021,
este importe máximo es de 30.852 €.
8. Las fechas del pago de la
participación se establecen en el Acuerdo, sin que puedan ir más allá del
quinto mes posterior al cierre del ejercicio (es decir, antes del 1 de junio en
los ejercicios que coinciden con el año).
9. La prima de participación
resultante puede abonarse a los trabajadores o bien –si así se prevé en el
Acuerdo de Participación- retenerse en la empresa durante un período de 5 años,
constituyendo con la misma un Fondo que la empresa mantiene o invierte en
función de los criterios generales legalmente establecidos.
10. Según la
normativa francesa, las empresas no obligadas por ley a establecer estos
sistemas de participación pueden también hacerlo. Esta disposición puede
parecer innecesaria, pero no lo es. Las disposiciones legales establecen para
estos sistemas de participación un específico tratamiento a efectos de
impuestos y cotizaciones sociales, del que se beneficiarían también los planes
de participación de las empresas legalmente no obligadas a implantarlos.